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Sistema Interno de Información

El Canal de Información es el Sistema Interno de Información (o SII) que Extrusa y Darnel  Film ponen a disposición de cualquier persona (empleado o tercero) para comunicar, de forma segura, posibles incumplimientos normativos, delitos o conductas irregulares que puedan producirse en el marco de las actividades de la empresa y que resulten contrarias a la legislación vigente, al Código Ético, a los principios y/o a cualquier otra normativa interna de Extrusa y Darnel Film, de acuerdo con la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la 
corrupción. 


Quien desee realizar cualquier comunicación podrá hacerlo, incluso de forma anónima dirigiéndose por escrito al correo electrónico expresamente habilitado al efecto en la dirección: 

 


La gestión del Canal de Información (SII) se fundamenta en los siguientes principios esenciales: 

 

  • Garantía de confidencialidad de las comunicaciones realizadas y de la Protección de Datos. 

  •  Respeto al anonimato de aquellas personas que no deseen ser identificadas. 

  •  Imparcialidad y objetividad en la evaluación de los casos. 

  • Respeto a los derechos de todas las partes involucradas en la gestión de los expedientes. 

  • Ausencia de represalias hacia los informantes que realicen comunicaciones de buena fe. 


Asimismo, se garantiza la confidencialidad cuando la comunicación sea remitida por canales que no sean los establecidos o a miembros del personal no responsable de su tratamiento, motivo por el cual la plantilla se encuentra debidamente informada en esta materia y lo remitirá inmediatamente al Responsable del SII. 


El responsable dentro de la Organización de gestionar el funcionamiento del SII, así como de la recepción de la información sobre la posible comisión de una actuación ilícita, irregular o impropia cometida en el seno de la Organización y la subsiguiente tramitación del expediente de investigación es el Responsable del SII, el cual informará periódicamente al Órgano de Administración acerca de las informaciones recibidas, siendo dicho órgano el último responsable en la toma de decisiones sobre la resolución de las informaciones recibidas. 


Igualmente, podrá informarse de los incumplimientos normativos a los que se refiere la Ley 2/2023 ante la Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.A.I.) o ante las autoridades u órganos autonómicos correspondientes, siendo la comunicación interna a la organización la vía preferente para informar de este tipo de infracciones, siempre que pueda tratarse de manera efectiva y no exista riesgo de represalias.

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